En los últimos 10 y 17 años, la rentabilidad promedio de los planes de pensiones fue inferior a la inversión en bonos del estado. Sólo 2 de los 170 planes con 17 años de historia tuvieron una rentabilidad superior a la de los bonos del Estado.
Ninguno de los 170 planes con 17 años de historia; 3 de los 511 planes con 10 años de historia; 2 de los 1597 planes con 5 años de historia y 2 de los 2007 planes con 3 años de historia tuvieron una rentabilidad superior al Índice de la Bolsa de Madrid.
A pesar de estos resultados, el 31 de diciembre de 2007, 10,4 millones de partícipes tenían un patrimonio de €86,6 millardos en 3.185 planes de pensiones. En 2007, ¡el 64,6% del patrimonio de los fondos estaba invertido en renta fija y tesorería!
El decepcionante resultado global de los fondos se debe a las elevadas comisiones, a la composición de la cartera y a la gestión activa. Las comisiones de los fondos en 2007 fueron €1 millardo.
El resultado global de los fondos no justifica en absoluto la discriminación fiscal a favor de los mismos. En muchos casos, los inversores perdieron la desgravación fiscal con la que el Estado les indujo a invertir en fondos de pensiones en menos de 5 años (vía comisiones e ineficiencias en inversión y gestión). Parece obvio que el Estado tiene alguna responsabilidad en las pérdidas que millones de contribuyentes han sufrido y siguen sufriendo.
El documento completo analiza la rentabilidad de los partícipes en los fondos de pensiones españoles en el periodo 1991-2007, podéis descargarlo desde este enlace, donde encontraréis los siguientes puntos tratados con todo rigor:
1. Evolución del patrimonio, del número de fondos y partícipes.
2. Rentabilidad de los fondos de pensiones.
3. Análisis de la rentabilidad por categorías de fondos.
4. Análisis de la rentabilidad de los fondos de renta variable.
5. Fondos con mayor y menor rentabilidad
6. Rentabilidad de los mayores fondos
7. Comisiones explícitas de los fondos de pensiones
8. Otros estudios sobre fondos de pensiones
9. Discriminación fiscal a favor de los fondos y en contra del inversor particular
10. Patrimonio de los fondos de pensiones en distintos países
Conclusiones
Cuando un inversor entrega su dinero a una gestora de fondos para que se lo gestione, espera que obtenga una rentabilidad superior a la que puede obtener él sin conocimientos especiales. Y, por ello, está dispuesto a pagar una comisión anual superior al 2% en muchos casos. Sin embargo, los datos indican que pocos gestores se merecen las comisiones que cobran.
En los últimos 10 años, el 66% de los fondos del sistema individual obtuvo una rentabilidad inferior a la inflación y el 95% obtuvo una rentabilidad inferior al 5,76% (la de los bonos del Estado a 10 años). A pesar de estos resultados, el 31 de diciembre de 2007, 10,4 millones de partícipes tenían un patrimonio de €86.560 millones en los 3.185 fondos de pensiones existentes.
Algunos fondos –aunque pocos- han sido muy rentables para sus partícipes y han justificado con su evolución las comisiones que cobran a sus partícipes. De los 1.597 fondos con 5 años de historia, sólo 2 lograron una rentabilidad promedio superior al ITBM (Índice Total de la Bolsa de Madrid) y de los 170 fondos con 17 años de historia, ninguno logró una rentabilidad promedio superior al ITBM.
Los partícipes, sorprendentemente, no parecen muy preocupados con la rentabilidad de sus fondos: La correlación de las aportaciones a los fondos del sistema individual en 2007 con la rentabilidad de los últimos 5 años fue -7,3% y con la rentabilidad de los últimos 3 años fue - 8,4%. Las correlaciones para los del sistema empleo fueron 1,4% y 1,2%.
Por último, el resultado global de los fondos no justifica en absoluto la discriminación fiscal a favor de los mismos. En todo caso, el Estado podría “animar” a invertir en algunos (pocos) fondos de inversión, pero no indiscriminadamente en cualquier fondo de pensiones. En varios casos, los inversores en fondos de pensiones perdieron la desgravación fiscal que les regaló el Estado para inducirles a invertir en dichos fondos en menos de 5 años (vía comisiones e ineficiencias en inversión y gestión). El Estado puede tener alguna responsabilidad en las pérdidas que siguen sufriendo muchos contribuyentes pasados esos 5 años.
Fiscalidad de los Planes de Pensiones
La actual Ley del IRPF, en vigor desde el 1 de enero de 2007 ya no permite la reducción del 40% a los planes cobrados en forma de capital.
Las aportaciones desgravan en el IRPF, pero presentan un serio inconveniente en cuanto a su liquidez: el inversor no puede recuperar su dinero hasta el momento de su jubilación, excepto paro de larga duración, enfermedad grave, etc., o fallecimiento, en cuyo caso lo cobrarán sus herederos pero pagando impuestos. En caso de fallecimiento del participe, el dinero que tenga pendiente de recuperar irá a parar a sus herederos, que tendrán que tributar por ese dinero en el IRPF a su tipo marginal. Si en lugar de un plan de pensiones fuera un fondo de inversión, el fondo pasaría a formar parte de la masa hereditaria, con lo cual en muchas comunidades autónomas los cónyuges, hijos y los padres prácticamente no tributan.
Las comisiones de gestión suelen ser muy altas, superiores a las que cobran los fondos de inversión.
En el momento del cobro, cuando el participe se jubila, cobra el dinero invertido más las ganancias generadas, pudiendo elegir entre recuperar el dinero de una sola vez en forma de capital o ir recibiéndolo de forma sucesiva en forma de renta, teniendo que declararlo como un rendimiento del trabajo, lo cual supone una doble desventaja:
Al sumar el dinero recuperado del plan a sus ingresos ordinarios, puede estar ganando más del que cobraba en el año de la aportación y, como la escala del IRPF es creciente, le tocará pagar ahora por el dinero invertido en el plan más la cantidad en impuestos de lo que en su día se ahorro.
A diferencia de la mayoría de inversiones, cuyo rendimiento tributa al 18% (un fondo de inversión), el rendimiento del plan de pensiones y las aportaciones tributan al tipo marginal que pague por sus rendimientos del trabajo, que pueden llegar al 43%.
Con la anterior Ley si cobraba el dinero de golpe en forma de capital, podía aplicar una reducción del 40%, de manera que sólo declaraba el 60% de lo cobrado. La actual ha eliminado esa reducción para las nuevas aportaciones.
Las aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 2007 pueden recuperarse con una reducción del 40% si se cobran en forma de capital y han pasado 2 años desde la primera aportación.
Para la nuevas aportaciones: Si rescata el dinero en forma de capital, salvo que la cuantía sea muy pequeña, le obligará a saltar de tramo en la escala del IRPF y estará perdiendo una buena suma de dinero.
Si lo cobra en forma de renta y elige una renta vitalicia o temporal asegurada, su plan transferirá sus derechos consolidados a una aseguradora que garantice los pagos, pero a un interés ínfimo.
Categorías de Fondos de Pensiones
Los fondos de pensiones se encuadran necesariamente en una de las dos categorías siguientes: de empleo (para desarrollo de planes del sistema de empleo) y personales (integran planes de pensiones del sistema individual y/o asociado).
Según los procesos de inversión, los fondos pueden ser cerrados (instrumentan únicamente la inversión de los recursos del plan o planes integrados en él) y abiertos (pueden canalizar y desarrollar, además de la inversión del plan o planes que se integran en él, la inversión de los recursos de otros fondos de pensiones de su misma categoría).
Según quién los promueve, los planes de pensiones se engloban en tres sistemas: Sistema Individual (Promovidos por una o varias entidades financieras, de crédito o compañías aseguradoras. Partícipes: las personas físicas que lo contratan); Sistema Asociado (Promovidos por asociaciones, sindicatos, gremios o colectivos. Partícipes: sus asociados y miembros) y Sistema de Empleo (Promovidos por entidades, corporaciones, sociedades o empresas. Partícipes: sus empleados).
Los Planes de Pensiones son de Prestación Definida cuando en ellos se define la cuantía de las prestaciones a percibir por los beneficiarios. Son de Aportación Definida cuando en el momento de la creación del Plan se define la cuantía de las aportaciones de los partícipes y de las contribuciones del promotor. Son Mixtos en el supuesto de que, simultáneamente, se defina la cuantía de la prestación y la cuantía de la contribución.
CATEGORÍAS DE PLANES DE PENSIONES DEL SISTEMA INDIVIDUAL
1) RENTA FIJA A CORTO PLAZO. Sin activos de renta variable ni derivados cuyo subyacente no sea de renta fija. Duración media de la cartera inferior o igual a dos años.
2) RENTA FIJA A LARGO PLAZO. Sin activos de renta variable ni derivados cuyo subyacente no sea de renta fija. Duración media de la cartera superior a dos años.
3) RENTA FIJA MIXTA. Menos del 30% de la cartera en activos de renta variable.
4) RENTA VARIABLE MIXTA. Entre el 30% y el 75% de la cartera en activos de renta variable.
5) RENTA VARIABLE. Más del 75% de la cartera en activos de renta variable.
6) GARANTIZADOS. Planes para los que exista garantía externa de un determinado rendimiento, otorgada por un tercero.








